1 de octubre de 1931. Es el año inaugural de la Segunda República Española y el Gobierno trabaja para la elaboración de una nueva Constitución acorde con el nuevo régimen. En las Cortes Generales, se debate una de las propuestas más controvertidas del proyecto constitucional, la aprobación del sufragio femenino. En un hemiciclo compuesto en su mayoría por hombres, tan solo cuenta con la presencia de tres mujeres (Victoria Kent, Margarita Nelken y Clara Campoamor) que no pueden votar pero sí ser votadas, son dos de ellas las principales encargadas de debatir acerca del derecho a voto de las mujeres.
La falta de preparación social y política de la mujer española en aquel momento y la influencia de la Iglesia, que llevaría a una gran parte de las mujeres a dar su voto a los partidos conservadores, perjudicando así a la recién conseguida República, lleva a la feminista y diputada del Partido Republicano Radical Socialista por Madrid, Victoria Kent, a oponerse al sufragio femenino y a defender su posición en el Congreso. «Creo que no es el momento de otorgar el voto a la mujer española. Lo dice una mujer que, en el momento crítico de decirlo, renuncia a un ideal. Quiero significar a la Cámara que el hecho de que dos mujeres se encuentren aquí reunidas opinen de manera diferente, no significa absolutamente nada, porque dentro de los mismos partidos y de las mismas ideologías, hay opiniones diferentes (…). En este momento vamos a dar o negar el voto a más de la mitad de los individuos españoles y es preciso que las personas que sienten el fervor republicano, el fervor democrático y liberal republicano, nos levantemos aquí para decir: es necesario, aplazar el voto femenino (…). Señores diputados, no es cuestión de capacidad; es cuestión de oportunidad para la República (…). Pero hoy, señores diputados, es peligroso conceder el voto a la mujer». Con estas palabras, Victoria Kent rechaza un ideal, su lucha por el voto de las mujeres, en favor de lo que considera un bien mayor, la defensa del nuevo régimen republicano.
Tras el discurso de su rival, es el turno de la diputada del Partido Radical, Clara Campoamor, que anteriormente ya había logrado que las Cortes establecieran la no discriminación por razón de sexo, la igualdad jurídica de los hijos e hijas habidos dentro y fuera del matrimonio y el divorcio. Campoamor, una de las grandes defensoras del voto femenino, argumenta desde el estrado que pese al resultado de las urnas, toda mujer debería tener el derecho de votar, pues es defensora de la igualdad de todos los seres humanos. Campoamor defiende así el sufragio femenino:
«¿Cómo puede decirse que cuando las mujeres den señales de vida por la República se les concederá como premio el derecho a votar? ¿Es que no han luchado las mujeres por la República? ¿No sufren estas las consecuencias de la legislación? ¿No pagan los impuestos para sostener al Estado en la misma forma que los varones? ¿No refluye sobre ellas toda la consecuencia de la legislación que se elabora aquí para los dos sexos, pero solamente dirigida y matizada por uno? ¿Cómo puede decirse que la mujer no ha luchado y que necesita una época, largos años de República, para demostrar su capacidad? Y ¿por qué no los hombres? (…) No olvidéis que no sois hijos de varón tan sólo, sino que se reúne en vosotros el producto de los dos sexos. (…) Aunque no queráis y si por acaso admitís la incapacidad femenina, votáis con la mitad de vuestro ser incapaz. Yo y todas las mujeres a quienes represento queremos votar con nuestra mitad masculina, porque no hay degeneración de sexos, porque todos somos hijos de hombre y mujer y recibimos por igual las dos partes de nuestro ser, argumento que han desarrollado los biólogos. Somos producto de dos seres; no hay incapacidad posible de vosotros a mí, ni de mí a vosotros».
El debate genera una gran repercusión mediática y Campoamor es considerada como la clara vencedora. A favor de su discurso se colocan la mayor parte del Partido Socialista, buena parte de la derecha, casi todos los diputados de Esquerra Republicana de Catalunya y pequeños grupos republicanos. En contra, se posicionan Acción Republicana, el Partido Radical Socialista y el propio partido de Clara Campoamor, el Partido Radical, a excepción de otros cuatro compañeros.
Finalmente, el 1 de octubre de 1931, con 161 votos a favor y 121 en contra, las Cortes Generales aprueban el artículo 36 de la nueva Constitución que posibilita el sufragio femenino y que permitirá a las mujeres españolas votar por primera vez en las elecciones del 19 de noviembre de 1933, que como Victoria Kent había predicho dieron la victoria a los partidos conservadores.